Cómo medimos
Este es un registro de confianza: verificamos hechos estructurales —la presencia o ausencia de documentos en registros públicos a una fecha—, no los resultados clínicos. Cada clínica recibe un perfil abierto en 9 ejes sobre una misma regla pública. Sin notas ocultas ni posiciones puestas a mano: el Índice de transparencia se calcula a partir de pesos publicados. No cobramos a las clínicas, nunca agendamos ni referimos, y toda clínica tiene derecho de réplica.
La puerta — quién entra al registro
Listamos una clínica si se puede identificar correctamente y está en operación. Que falte el nombre del clínico responsable no es motivo de exclusión (Desconocido ≠ falta): esa clínica se lista con una salvedad, pero no recibe la distinción de «especialista nombrado». Para el segmento de cirugía, un lugar destacado solo es posible con habilitación de sede verificada en REPS y un cirujano nombrado y verificable en RETHUS.
- Habilitación de sede (REPS) — habilitación de la sede — verificada en REPS (prestadores.minsalud.gov.co/habilitacion/), con el servicio anunciado presente en los «servicios habilitados» de esa sede
- Clínico nombrado (RETHUS) — un clínico o cirujano responsable nombrado, verificable en RETHUS (web.sispro.gov.co), sin sanción activa hallada
- Servicio dentro del alcance REPS — cirugía plástica / estética, dermatología estética u odontología estética — dentro del alcance del registro
- Clínica en operación — la clínica está realmente en operación y es contactable para agendar
Por qué estos ejes
Cada eje pasa tres tamices: relevancia para el paciente, verificabilidad contra una fuente pública y robustez ante sesgos (tamaño de marca, fama, presupuesto de publicidad).
- Relevante para el paciente. El eje responde a una pregunta real: ¿la sede y el servicio anunciado están habilitados en REPS?, ¿hay un cirujano o clínico nombrado y registrado en RETHUS?, ¿las afirmaciones de especialidad se sostienen?, ¿la publicidad se mantiene dentro del alcance autorizado?, ¿quién responde por el procedimiento?
- Verificable. El valor se puede volver a comprobar contra una fuente: REPS para la habilitación de sede y servicio, RETHUS para el registro y las sanciones del clínico, el directorio de la SCCP para membresía en cirugía plástica, RUES para la entidad legal y Supersalud como búsqueda de hit. Cada celda lleva fuente y fecha.
- Robusto ante sesgos. Los ejes pesados no premian la fama: una práctica pequeña con cirujano nombrado y verificable en RETHUS y sede habilitada en REPS supera a una marca grande y opaca con más publicidad.
Los nueve ejes
Seis medidos (82%) y tres editoriales (18%). Cada eje va de 1 a 5; el compuesto se normaliza sobre los ejes cubiertos y se mapea a 0–100.
| Eje | Qué comprueba el eje | Peso |
|---|---|---|
| M1 · Habilitación y legalidad del servicio (REPS) | ¿La sede aparece en REPS y los servicios anunciados figuran en sus «servicios habilitados»? Es la columna vertebral: la página de la clínica aporta los servicios anunciados, pero REPS decide la coincidencia. Para una práctica que opera en una sede anfitriona, se comprueba la habilitación de esa sede, no solo el sitio del cirujano. | 24% |
| M2 · Cirujano responsable + registro RETHUS | ¿Se nombra al cirujano o clínico responsable del servicio anunciado y se puede verificar en RETHUS sin sanción ético-disciplinaria activa? Nombrar a un operador no es lo mismo que ser famoso: es responsabilidad estructural. En un menú quirúrgico sin cirujano nombrado, este eje cae. | 18% |
| M3 · Certificación de especialista (SCCP en cirugía) | ¿La condición de especialista tiene base verificable? Para cirugía plástica / estética, la membresía en la SCCP (cirugiaplastica.org.co/buscar-cirujano/) es el principal indicador. Para dermatología y odontología se usa RETHUS o la fuente de especialidad correspondiente. Puntuamos lo verificado en el organismo emisor, nunca un logo en la web de la clínica. | 14% |
| M4 · Entidad y huella regulatoria (RUES + Supersalud) | ¿Se identifica el vehículo jurídico real (entidad, NIT, matrícula) en RUES y hay algún hit vigente en Supersalud que deba divulgarse? Eje de baja dispersión, útil sobre todo para emparejar identidad. La ausencia de hit en Supersalud no puntúa; un hit sí importa. | 8% |
| M5 · Integridad de la publicidad | ¿La publicidad se mantiene dentro de lo verificable: servicios alineados con REPS, acreditaciones vigentes o presentadas como afirmación, sin lenguaje de «#1 / más seguro / resultado garantizado» y sin rifas ni descuentos agresivos? Puntuamos la presencia de la afirmación, nunca el resultado. | 12% |
| M6 · Transparencia estructural (el precio no puntúa) | ¿Cuánta estructura verificable expone la propia clínica antes de que el paciente pregunte —clínicos nombrados, sede, entidad legal, referencias de habilitación—? Aquí el precio NO puntúa: no publicar precios no baja la nota, y un cirujano de la SCCP sin precios de cabecera puede puntuar alto si la estructura clínica es clara. | 6% |
| E1 · Continuidad de la práctica / vehículo real | Continuidad de la práctica: ¿hay una entidad clínica real y continua, o la cara pública es un cascarón, una plantilla o un túnel de captación donde no se identifica quién presta la atención? | 6% |
| E2 · Limpieza de las afirmaciones | Limpieza de las afirmaciones: ¿las promesas públicas son acotadas y honestas, sin «#1», garantías, insignias de confianza falsas ni ganchos de urgencia o rifa? | 7% |
| E3 · Ruta honesta del paciente internacional | Ruta honesta del paciente internacional: coordinador, idiomas, evaluación médica, consentimiento, seguimiento remoto y claridad sobre sede y operador — no un paquete de viaje que esconda la responsabilidad clínica. | 5% |
Cómo se ponderan los ejes
Los ejes pesados son predictivos para el paciente, verificables y poco expuestos a sesgos: la habilitación de sede y del servicio en REPS (24) y el cirujano responsable con registro RETHUS (18) — dónde y con qué servicio se opera, y quién responde por él. REPS pesa más porque es el único «piso duro» que escala. Los ejes ligeros son donde el riesgo de premiar marca o presupuesto es mayor: entidad y huella regulatoria (8), transparencia estructural (6) y ruta del paciente internacional (5).
Los ejes medidos suman 82 y los editoriales 18. El Índice de transparencia es el promedio ponderado de los ejes cubiertos, mapeado a 0–100. Por debajo del 75% del peso con fuente, el índice se marca como provisional (datos verificados insuficientes). El precio nunca es un eje positivo: es contexto, y descuentos, rifas o financiaciones agresivas pueden restar en M5 / E2 / E3, no sumar.
El techo por red flag
Un daño estructural documentado y propio de la clínica limita el compuesto por arriba, con fuente y fecha: un vacío de divulgación material sin hallazgo negativo en registro (techo 88), una afirmación material que no se puede verificar en la fuente vigente —una acreditación JCI / QUAD-A / Bureau Veritas caducada, un «#1» sin emisor— (techo 78), un servicio o menú quirúrgico no habilitado o sin cirujano nombrado y verificable (techo 58), o una identidad falsa, una sanción activa en RETHUS / Supersalud o la ausencia de registro en REPS mientras se anuncia atención en salud (techo 35). «No pudimos confirmar una habilitación» no es una red flag: un techo exige una fuente oficial propia de la clínica, se ofrece derecho de réplica y todo texto negativo se redacta en lenguaje factual, con URL y fecha, revisado antes de publicar. Los hechos de mercado nunca se fijan a una clínica nombrada.
Reproducible por diseño
Cada celda lleva una clase de fuente (OFICIAL / SECUNDARIA / SIN VERIFICAR) y una fecha. No hay nota sin fuente: «no hallado» es un valor vacío con texto, no una suposición. Cualquier auditor externo puede repetir la comprobación contra las mismas fuentes públicas —REPS, RETHUS, SCCP, RUES, Supersalud—. Aceptamos correcciones de las clínicas solo con enlace de fuente; mostramos la réplica de la clínica junto a la celda, pero no cambiamos la nota sin fuente.